Actualizado el 18 septiembre 2024
Modelo Nómina Empleada Hogar (2024)
Descarga Gratis y en formato editable el modelo nómina de empleada de hogar del 2024 de la Seguridad Social junto con ejemplos ya rellenados en Excel, lo que te servirá como referencia. Aprende cómo rellenar adecuadamente la plantilla y utiliza las tablas salariales y bases de cotización actualizadas.
Descargar el Modelo Nómina Empleada de Hogar en Excel, Word y PDF
A continuación, te proporcionamos varios formatos del modelo en Excel, Word y PDF para que puedas descargarlos y editarlos. La plantilla en Excel viene con los cálculo automatizados, aunque siempre debemos confirmar con las tablas oficiales que te mostramos en este mismo artículo.
Modelo nómina empleada de hogar 2024
Descarga la nómina de empleada de hogar del 2024 en varios formatos editables. Solo tendrás que cambiar la fecha del campo «periodo liquidación».
Modelo nómina empleada hogar Excel 2024
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Modelo nómina empleada hogar Pdf
Tablas Salariales y Base de Cotización (actualizado 2024)
Para elaborar la nómina debes conocer la base de cotización que corresponde al salario mínimo interprofesional del 2022. En las siguientes tablas puedes ver los datos:
Horas trabajadas | Sueldo 14 pagas | 12 pagas (pagas extras prorrateadas) |
5 | 135 € | 157,50 € |
10 | 270 € | 315,00 € |
15 | 405 € | 472,50 € |
20 | 540 € | 630,00 € |
25 | 675 € | 787,50 € |
30 | 810 € | 945,00 € |
35 | 945 € | 1102,50 € |
40 | 1080 € | 1260,00 € |
Base de cotización empleada de hogar
Tramo | Retribución mensual €/mes | Base de cotización €/mes |
---|---|---|
1.º | Hasta 269,00 | 250 |
2.º | Desde 269,01 hasta 418,00 | 357 |
3.º | Desde 418,01 hasta 568,00 | 493 |
4.º | Desde 568,01 hasta 718,00 | 643 |
5.º | Desde 718,01 hasta 869,00 | 794 |
6.º | Desde 869,01 hasta 1.017,00 | 943 |
7.º | Desde 1.017,01 hasta 1.166,70 | 1.166,70 |
10.º | Desde 1.166,71 | Según salario que perciba. |
Plantilla nómina de empleada de hogar: Cómo rellenarla
PRIMERO. Se rellenan los datos del empleador y del trabajador, tales como nombre, Nif, categoría, domicilio, población, número de la Seguridad Social y número de cuenta de cotización. También hay que poner el periodo de liquidación con las horas semanales.
SEGUNDO. Hay que añadir los devengos que corresponden a las percepciones y complementos salariales.
- Salario: Se contempla como si estuviera recibiendo 14 pagas. En el caso de recibir 12 pagas hay que indicarlo en los meses de junio y diciembre. Veamos ahora un ejemplo con el Salario Mínimo Interprofesional.
- Salario base: 1.080 €
- Paga extra junio: 90 €.
- Paga extra diciembre: 90 €.
- Pagas Extra: Hay que dividir el sueldo bruto anual (1.080€ x 14) entre 12 (15.120€ / 12 = 1.260 €) y después restarle el salario base (1.260 € – 1.080 € = 180 €). Por último, se divide entre dos (180 € / 2 = 90 €)
TOTAL SALARIO BRUTO: 1.260 €
TERCERO. Las deducciones se rellenarán según las tablas antes presentadas. La base reguladora se recoge según el salario total bruto percibido. La deducción de un trabajador que recibe un salario bruto de 1.260€ corresponde al tramo 10, por lo tanto, la base de cotización («Total contingencias») es de la misma cantidad (1.260 €), y corresponde a una deducción de 80,01 € por del 4,7% de cotización más el 1,55% de desempleo más el 0,1% del MEI.
LÍQUIDO TOTAL A PERCIBIR: 1.179,99 €. Corresponde a la resta del salario bruto y las deducciones.
¿Cuánto le cuesta al empleador?
El coste que paga el empleador deriva principalmente del porcentaje de cotización, que corresponde al 23,60% en contingencias comunes y al 1,50% de contingencias profesionales tanto si la forma de pago es en 12 o 14 pagas.
En la siguiente tabla se muestran los datos para 12 pagas con las pagas extra prorrateadas.
Número de horas | Salario bruto | Coste empleador | Coste Total |
5 | 156,40 € | 55,72 | 212,12 € |
10 | 312,80 € | 91,62 | 404,42 € |
15 | 469,20 € | 127,76 | 596,96 € |
20 | 625,60 € | 163,90 | 789,5 € |
25 | 782,00 € | 200,30 | 982,3 € |
30 | 938,40 € | 236,19 | 1.174,59 € |
35 | 1.094,80 € | 282,60 | 1.377,40 € |
40 | 1.260€ | 316,26 € | 1.576,26 € |
Ejemplo de nómina empleada de hogar 2024 (rellenada)
En el siguiente ejemplo de nómina de empleada rellenada se muestran los datos para jornada completa (40 horas semanales) y el Salario Mínimo Interprofesional en 14 pagas publicado en el artículo 8 del Real Decreto 1620/2011. Mensual en 14 pagas: 1.080 €; Mensual con 12 pagas: 1.260 € ; Anual: 15.120 €
Simulador de Nómina Empleada Hogar 2024
Este simulador de nómina de empleada de hogar se utiliza como una guía para estimar de manera precisa los costos asociados al salario y las obligaciones fiscales y de seguridad social de este tipo de empleo doméstico. A través del simulador, es posible introducir diferentes variables como el salario base, las horas trabajadas, los complementos salariales.
➡ Ir a Calculadora de Nómina del Ministerio de Trabajo
Preguntas Frecuentes (FAQ)
- Si hago un contrato de sustitución a una empleada de hogar que está de baja temporal, ¿Estoy libre de cotizar a la Seguridad Social por ella? ¿Cómo y dónde debo comunicarlo? ¿Hay que presentar el contrato firmado en alguna instancia?
- Sólo se aplicará el beneficio del 100% de bonificación en las cuotas de la seguridad social a los contratos de sustitución que cumplan con los requisitos específicos de ser por baja maternal o violencia de género.
- Se debe comunicar en la Seguridad Social como un contrato de interino al dar el alta a la persona que realizará la sustitución.
- Es necesario que los contratos de trabajo se plasmen por escrito cuando su duración sea superior a 4 semanas, especialmente en el caso de los contratos de interinidad. Aunque no sea necesario presentarlos en ningún organismo, la Seguridad Social se encarga de informar al SEPE sobre los datos esenciales del contrato.
Obligaciones del empleador con respecto a la nómina
El empleador tiene como obligación entregar la nómina al trabajador del hogar al final del mes natural (artículo 8.6 del RD 1620/2011), y podría incurrir en una falta y una sanción de hasta 750€ en caso de no hacerlo.
Con respecto a la subida de sueldo, el empleador no tiene obligación de subir de sueldo al trabajador siempre y cuando esté por encima del SMI (salario mínimo interprofesional). En cualquier caso, lo más recomendable es establecer un acuerdo privado entre ambas partes.
- Más información en la página oficial de la Seguridad Social
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