Actualizado el 25 septiembre 2026
Modelo de contrato de alquiler de vivienda 2026 en Word y PDF
Descarga gratis un modelo de contrato de alquiler de vivienda para rellenar e imprimir, revisado en septiembre de 2026 con la Ley de Arrendamientos Urbanos tal y como quedó tras la Ley 12/2023 de vivienda. Es un contrato entre particulares para alquilar un piso o una casa como vivienda habitual. Si lo que alquilas es un local, usa el modelo de contrato de alquiler de local.

📌 Qué cambia en esta versión (septiembre de 2026). La renta se actualiza con el índice IRAV del INE y no con el IPC; los gastos de agencia y de formalización los paga siempre el propietario; la renta se paga por transferencia; y hay una cláusula para las viviendas situadas en zonas tensionadas. También incluye la recuperación de la vivienda por necesidad, el desistimiento del inquilino, la negociación previa antes de ir a juicio y un anexo de inventario.
Descargar el contrato de alquiler (arrendamiento) de vivienda en Word
El Word es la versión más cómoda: rellenas los huecos en el ordenador, marcas con una X las opciones que eliges en cada cláusula y lo imprimes dos veces, una para cada parte. No hace falta registrarse.
Contrato de alquiler en Word (.docx)
Incluye 17 cláusulas y el anexo de inventario. Cada cláusula cita el artículo de la LAU en el que se apoya, para que puedas comprobarlo.

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Modelo de contrato de alquiler en PDF para imprimir
Si prefieres rellenarlo a mano, descarga el mismo contrato en PDF, imprímelo y complétalo con bolígrafo. Firmad todas las páginas y quedaos con un original cada uno.

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Qué dice la ley en 2026: lo que debe recoger tu contrato de alquiler
El alquiler de vivienda habitual se rige por la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU). Su última reforma importante es la de la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, que se aplica a los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023. Estas son las reglas que conviene tener claras antes de firmar.
Duración y prórrogas
- Prórroga obligatoria de 5 años (7 si el propietario es una empresa). Aunque firméis por un año, el contrato se renueva cada año hasta llegar a esos 5 o 7 años si el inquilino quiere seguir. El inquilino puede no renovar avisando con 30 días de antelación.
- Prórroga tácita de hasta 3 años más. Cumplidos los 5 o 7 años, si nadie avisa, el contrato sigue año a año hasta 3 años más. El propietario debe avisar con 4 meses de antelación y el inquilino con 2 meses.
- Prórrogas extraordinarias. El inquilino en situación de vulnerabilidad puede pedir un año más si el propietario es un gran tenedor, y en las zonas tensionadas puede pedir hasta 3 prórrogas anuales en las mismas condiciones (artículo 10 LAU). Tienes un modelo de solicitud de prórroga.
- Recuperación por necesidad. Solo cabe si está escrita en el contrato: pasado el primer año, el propietario persona física puede recuperar la vivienda para vivir él o un familiar de primer grado, avisando con 2 meses.
- Salida anticipada del inquilino. Pasados 6 meses puede irse avisando con 30 días. Si se pacta, indemniza con un mes de renta por cada año que falte (proporcional).
Cuánto puede subir el alquiler en 2026: el índice IRAV
En los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023, la subida anual no puede superar el Índice de Referencia para la Actualización de contratos de arrendamiento de vivienda (IRAV), que publica el INE cada mes desde 2025. El último publicado es el de agosto de 2026: 2,47 %. Si el contrato no tiene cláusula de actualización, la renta no sube.
Los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023 se actualizan según lo que diga su cláusula, que normalmente remite al IPC. Consulta el dato del mes que te toque en el INE antes de comunicar la subida por escrito.
Fianza, garantías y forma de pago
- Fianza: una mensualidad, que el propietario deposita en el organismo de su comunidad autónoma. Se devuelve al final; si tarda más de un mes desde la entrega de llaves, genera intereses.
- Garantía adicional: como máximo dos mensualidades más (depósito, aval bancario o aval personal).
- Pago: la ley exige medios electrónicos (transferencia o domiciliación). El pago en efectivo solo se admite si una de las partes no tiene cuenta bancaria y lo pide.
- Gastos de agencia y de formalización: siempre a cargo del propietario, sea persona física o empresa.
Si la vivienda está en una zona tensionada
En septiembre de 2026 hay 317 municipios declarados como zona de mercado residencial tensionado en Cataluña, País Vasco, Navarra, Galicia y Asturias. Allí la renta de un contrato nuevo no puede superar la del contrato anterior (actualizada), salvo excepciones, y si el propietario es gran tenedor se aplica el índice estatal de precios. El contrato tiene un apartado para indicar si la vivienda está en una de estas zonas y cuál era la renta anterior.
Cómo rellenar el contrato de alquiler paso a paso
- Partes. Nombre, DNI o NIE y domicilio de propietario e inquilino. Si alguien firma en representación de otro, indícalo.
- Vivienda. Dirección, referencia catastral, datos del Registro de la Propiedad, superficie y anejos (garaje, trastero), y el número del certificado de eficiencia energética, que es obligatorio para alquilar.
- Duración y fecha de entrega de llaves. El plazo empieza a contar desde que el inquilino puede entrar en la vivienda.
- Renta, cuenta bancaria y actualización. Marca si la renta se actualiza con el IRAV o no se actualiza.
- Gastos. Si el inquilino paga la comunidad o el IBI, el contrato debe decir el importe anual.
- Fianza y garantía adicional. Importe y forma.
- Opciones. Recuperación por necesidad, indemnización por desistimiento, renuncia al tanteo y retracto y mascotas: marca lo que hayáis pactado.
- Inventario. Anota muebles, electrodomésticos, lecturas de contadores y llaves entregadas, y haced fotos fechadas.
Otros modelos de contrato de alquiler
No existe un contrato de alquiler único: depende de qué se alquila y para qué. Además de este modelo de vivienda habitual, tienes:
- Contrato de alquiler de habitación, habitual en pisos compartidos.
- Contrato de alquiler por temporada, para estancias por trabajo o estudios que no son vivienda habitual.
- Alquiler con opción a compra.
- Prórroga del contrato de alquiler y cartas de no renovación.
- Precontrato de alquiler para reservar la vivienda.
Avales y garantías extra en el alquiler
Cuando el inquilino no ofrece suficiente solvencia, el propietario puede pedir una garantía además de la fianza: un depósito, un aval bancario o un aval personal de un familiar que responde si no se paga la renta o hay daños. En los contratos de vivienda de hasta 5 o 7 años, esa garantía adicional no puede superar dos mensualidades de renta.
Preguntas frecuentes sobre el contrato de alquiler
¿Hay que registrar el contrato de alquiler?
No es obligatorio inscribirlo en el Registro de la Propiedad, aunque se puede. Lo que sí es obligatorio es que el propietario deposite la fianza en el organismo de su comunidad autónoma y declare las rentas en el IRPF.
¿Cuánto puedo subir el alquiler este año?
Si el contrato es de después del 26 de mayo de 2023, como máximo el último IRAV publicado en la fecha de actualización (2,47 % con el dato de agosto de 2026). Si es anterior, lo que diga su cláusula.
¿El contrato de alquiler es válido sin firmarlo ante notario?
Sí. Un contrato privado firmado por las dos partes es plenamente válido. El notario solo es necesario si queréis inscribirlo en el Registro de la Propiedad.
¿Qué pasa si hay un conflicto con el inquilino?
Desde abril de 2025, antes de presentar una demanda civil hay que intentar una negociación previa (Ley Orgánica 1/2025). El contrato ya recoge ese compromiso.
⚖️ Aviso: es un modelo orientativo, revisado en septiembre de 2026 con el texto consolidado de la LAU publicado en el BOE y el índice IRAV del INE. No sustituye el asesoramiento de un abogado ni la normativa de tu comunidad autónoma. Fuentes: LAU (BOE) · Ley 12/2023 (BOE) · INE.