Actualizado el 19 abril 2023
Factura Simplificada
El modelo de factura simplificada, a diferencia de la facturas completas, contiene menos datos informativos y solamente se puede emitir en determinadas condiciones. Sustituye, por definición, al antiguo ticket de compra.
Modelo factura simplificada
La factura simplificada, también llamada factura de canje es utilizada generalmente por autónomos, como propietarios de un bar o una peluquería. Aquí encontrarás la plantilla factura simplificada Gratis para descargar y rellenar con tus datos.
Excel
Descargar factura simplificada
Word
Diferencia entre factura simplificada y completa
- No es necesario que aparezcan todos los datos del receptor, solo el NIF y la dirección.
- Solo hay que indicar el servicio o producto vendido sin necesidad de desglosarlo detalladamente como en la factura normal.
- No requiere que se muestre desglosado el cálculo de la base imponible de la cuota repercutida, mientras que la completa requiere la base imponible, el porcentaje aplicable, la cuota calculada repercutida y el importe total.
Datos a incluir
- Numeración de la factura. Será correlativa dentro de la misma serie.
- Fecha de expedición.
- Fecha de operación. Solamente en el caso de que el trabajo o el pago por adelantado se hayan realizado en fecha diferente a la de expedición.
- Número de identificación fiscal (NIF), junto con el nombre y apellidos de quien expide la factura.
- Descripción de los bienes o servicios prestados.
- Tipo impositivo de IVA aplicado y opcionalmente la expresión «IVA incluido».
- Importe total a pagar.
- Datos del destinatario: NIF, nombre y apellidos, domicilio y cuota tributaria (retención IRPF), cuanto el destinatario sea empresario o profesional. Si no lo es, también deberá incluir dichos datos si el cliente lo pide para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria así como la deducción de IVA.
Requisitos para emitir una factura simplificada
Las condiciones para emitir una simplificada son los siguientes:
- El importe no puede exceder de 400 euros (IVA incluido).
- En caso de emitir factura rectificativa.
- Cuando su importe no exceda de 3.000 euros, (IVA incluido), en las operaciones que se detallan:
- Ventas al por menor, incluso las efectuadas por fabricantes y mayoristas.
- Servicios en ambulancia.
- Ventas o servicios a domicilio.
- Transportes de personas y sus equipajes.
- Servicios de hostelería y restauración en restaurantes y bares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el momento.
- Salas de baile y discotecas.
- Locutorios.
- Peluquerías e institutos de belleza.
- Centros deportivos.
- Servicios fotográficos.
- Estacionamiento de vehículos.
- Alquiler de películas.
- Tintorería y lavandería.
- Peaje en autopistas.